Padrón municipal. Es el registro administrativo en el que constan las vecinas y vecinos de un municipio. Los datos del padrón constituyen prueba de que vives en un municipio.
Empadronamiento. Es el momento en que a una persona la registran en el padrón municipal. Desde ese momento adquiere la condición de vecina de ese municipio. El empadronamiento es un derecho y una obligación que necesitas para poder:
– Acceder al sistema público de Salud. Más información.
– Acceder a la red de Servicios Sociales. Más información.
– Acceder al sistema educativo (para menores de 16 años). Más información.
– Demostrar tu estancia continuada en el estado Español, necesario para regularizar tu situación administrativa a través del arraigo. Más información.
Empadronarse es un trámite gratuito. Es ilegal cobrar por facilitar el empadronamiento en un domicilio.
PROCEDIMIENTO PARA SER EMPADRONADA
En el Ayuntamiento en el que vivas. En Pamplona en la Oficina de Atención Ciudadana (Calle Mayor, 2 planta baja), pidiendo cita previa: telefónicamente 948 420 100, 010, o por internet a través de la web municipal. Si necesitas una cita urgente, para el mismo día, debes llamar a las 8:00h.
Documentación a presentar:
- Documento de identidad original y en vigor: Pasaporte, DNI, Tarjeta de residencia (NIE) o Documento de identidad de un país miembro de la Unión Europea. Si el documento estuviera caducado hay que acompañarlo de la cita para renovarlo, si se ha perdido o robado de fotocopia de la denuncia ante la policía o en el Juzgado de Guardia y cita para su renovación.
- Documento que acredite la residencia efectiva en la vivienda o lugar:
Si la vivienda es propiedad de otra persona, solamente se debe aportar este documento: Autorización domicilio castellano (264,11 Kb) firmado por la propietaria de la vivienda, y, en el caso de que ésta no acudiera, fotocopia de su documento de identidad. (No es necesario aportar escrituras de la vivienda, ya que el ayuntamiento tiene acceso a ellas).
Si la vivienda es alquilada: contrato de alquiler y último recibo del pago. Si el contrato no está a tu nombre, se acompaña del documento Autorización domicilio castellano (264,11 Kb) firmado y fotocopia del documento de identidad del autorizante (titular del contrato de alquiler empadronado en la vivienda).
La normativa prevé, en su caso, presentar recibos de teléfono, agua, luz o gas u otros elementos que demuestren que vives, como cartas o comunicaciones recibidas en un domicilio determinado.
Los ayuntamientos no deben entrar en cuestiones de propiedad o alquiler, sino únicamente en el hecho de la residencia efectiva en el lugar.
PROCEDIMIENTO DE EMPADRONAMIENTO PARA PERSONAS QUE NO TIENEN VIVIENDA
Puedes pedir al Ayuntamiento el empadronamiento en un edificio ficticio o social, a determinar por cada Ayuntamiento. Los Servicios Sociales te darán una cita para valorar tu situación, tras la cual, en su caso, emitirán informe proponiendo tu empadronamiento.
Entidades que pueden apoyarte a presentar esta solicitud en Pamplona: PIM-MIG: pim.irunea@gmail.com; teléfono: 681 97 14 64 (solo whatsapp); Apoyo Mutuo – Elkarri Laguntza: Avda. Marcelo Celayeta, 60, lunes de 10:00 a 14:00 h; SOS Racismo Nafarroa: C/ Zapatería, 31, teléfono. 948 211 521; Haritu: C/ Navarrería, 25 -Zabaldi-.
Renovación del empadronamiento. Si eres una persona extranjera no comunitaria sin autorización de residencia permanente, tienes que solicitar la renovación del empadronamiento cada 2 años. De no hacerlo te darán de baja y perderás la antigüedad, y ésta es fundamental para regularizar tu situación administrativa. El ayuntamiento, normalmente, envía una comunicación a la dirección donde estás empadronada, solamente con ese documento y tu documentación puedes renovar el padrón.
Normativa de Padrón
– Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
– Desarrollada por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Reglamento de Población y Demarcación.
– Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
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